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Fuero sindical



Es la garantía que tienen ciertos trabajadores sindicales para no ser despedidos ni desfavorecidos laboral, ni trasladados, salvo que haya una decisión por autoridades competentes (Juez de Trabajo).

¿Quiénes gozan de fuero sindical?
  • Los fundadores de un sindicato (dos meses después de la inscripción, máximo seis meses)
  • Trabajadores que se adhieran al sindicato, antes de la inscripción.
  • Y por último, junta directiva y asamblea del sindicato.

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Sindicatos en Colombia - Derecho de Asociación

Asimismo, dicho derecho es señalado haciendo mención al texto constitucional en el Código Sustantivo del trabajo , en el artículo 353: Artículo 353: Derecho de asociación: De acuerdo con el artículo 39 de la Constitución Política los empleadores y los trabajadores tienen el derecho de asociarse libremente en defensa de sus intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos; estos poseen el derecho de unirse o federarse entre sí. Las asociaciones profesionales o sindicatos deben ajustarse en el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus deberes, a las normas de este título y están sometidos a la inspección y vigilancia del Gobierno, en cuanto concierne al orden público. Los trabajadores y empleadores, sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.