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Finalidad de los Sindicatos.

Los sindicatos tienen como finalidad defender los intereses de los trabajadores a quienes representa, facilitar la asistencia así como prestar servicios, lograr mejoras y progresos en la vida del trabajador.

Una función y deber fundamental en los sindicatos de hoy es el participar intensamente como integrante principal de la sociedad, ya que la clase obrera constituye un símbolo del trabajo y la producción del país.

Como tales, los obreros, a través de sus representantes y cuerpos orgánicos deben opinar sobre las cuestiones sociales; participar en los lineamientos de las políticas de gobierno a través de organismos que entiendan en cuestiones sociales, económicas y laborales.

Aunque la finalidad fundamental de los sindicatos es la de representar a sus afiliados así como la protección y resguardo de los trabajadores, pueden desarrollar actividades que les reportan ingresos, siempre que estas se encuentren contemplados en los estatutos, que no estén prohibidas por ley, y que el producto de dichas actividades sea destinado a fines sindicales o incremento de su patrimonio.

Los objetivos son los logros que buscan alcanzar los sindicatos, para responder a las necesidades de quienes forman parte de él. Los objetivos dejan muy claro cuáles son las finalidades para las que fue creada la organización sindical.


Aunque cada organización sindical puede tener objetivos muy variados, existen cinco de ellos que siempre le dan razón de ser a todo sindicato. Estos objetivos orientan toda acción de las organizaciones sindicales en su lucha por dignificar las condiciones de vida de los trabajadores y trabajadoras, los mismos son: Un salario justo, mejores condiciones de trabajo, empleo estable para toda persona, mejoramiento de las reivindicaciones sociales y económicas y la permanente democratización.



El papel de los sindicatos en la economía

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Asimismo, dicho derecho es señalado haciendo mención al texto constitucional en el Código Sustantivo del trabajo , en el artículo 353: Artículo 353: Derecho de asociación: De acuerdo con el artículo 39 de la Constitución Política los empleadores y los trabajadores tienen el derecho de asociarse libremente en defensa de sus intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos; estos poseen el derecho de unirse o federarse entre sí. Las asociaciones profesionales o sindicatos deben ajustarse en el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus deberes, a las normas de este título y están sometidos a la inspección y vigilancia del Gobierno, en cuanto concierne al orden público. Los trabajadores y empleadores, sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.